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Presentación

La Especialización en Interventoría y Supervisión de la Construcción, se concibe desde el seguimiento y control de proyectos de construcción como objeto de estudio, en donde se desarrollan 3 (tres) áreas fundamentales de conocimiento, y que definen las diversas actividades de un interventor y supervisor: administrativa y financiera, técnica y legal.

La actividad de Interventoría aplicada a la construcción se refiere al seguimiento técnico sobre el cumplimiento de un contrato, realizado por una persona natural o jurídica contratada para tal fin por la Entidad Estatal, y se justifica por la complejidad o extensión, o porque requiere un conocimiento especializado en la materia. En ese sentido, queda claro que la interventoría puede ser ejecutada o por un profesional legalmente apto para ejercer la función, o por un grupo de profesionales bajo la dirección de otro profesional que cumpla los requisitos requeridos para el ejercicio de las funciones. La actividad de interventoría se aplica también de manera voluntaria en los contratos de construcción entre particulares, existiendo las mismas funciones y similares responsabilidades. De otra parte, el término “Supervisión” se aplica tanto a la actividad realizada en el campo contractual, como a la ejercida en la parte técnica.

La Supervisión Contractual está señalada en el Estatuto Anticorrupción como una actividad equiparable a la de Interventoría, cuando en el artículo 83 se dice: “Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda”.

La Supervisión Contractual se refiere al seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico sobre el cumplimiento del contrato, y es ejercida por la misma Entidad Estatal cuando no se requieren conocimientos especializados. En este caso, la Entidad Estatal se apoya en personal propio o vinculado a través de contratos de prestación de servicios. La supervisión contractual es menos frecuente en los contratos de construcción entre particulares.

Por regla general, y como lo aclara la Ley 1474 de 2011, la Supervisión Contractual y la Interventoría no son concurrentes en un mismo contrato Estatal. Sin embargo, la Entidad encargada del proyecto de construcción podrá dividir la vigilancia del proyecto entre las dos, caso en el cual, en el contrato de interventoría se indican las actividades técnicas a cargo del interventor y las demás quedan a cargo de la Entidad, bajo la responsabilidad del supervisor contractual.

Es así que, de acuerdo con el objeto de estudio de la Especialización en Interventoría y Supervisión de la Construcción, perteneciente a la Facultad de Arquitectura, de la Universidad Santo Tomás, se pretende responder a las necesidades del contexto plenamente identificadas, que, en el marco de la normativa vigente, requiere una atención desde la academia, garantizando la formación de profesionales competentes para el desarrollo de las actividades de interventoría y supervisión de un proyecto de construcción.

 

Brochure Digital

Contacto 

David Ernesto Gómez Contreras
Coordinador 
Especialización en Interventoría y Supervisión de la Construcción
E mail: cinterventoria@ustabuca.edu.co 
Teléfono: (+57) 607 698 58 58 Ext.: 6693
Campus de Floridablanca, Edificio Fray Angélico, segundo piso.

Leidy Sánchez Andrade
Secretaria
Especialización en Interventoría y Supervisión de la Construcción
E mail: 
secposingarqui@ustabuca.edu.co 
Teléfono:
(+57) 607 698 58 58 Ext.: 6699 

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